1. Naturaleza del pronunciamiento del Pontificio Consejo Justicia y Paz
«Un pequeño error cometido al inicio es grande al final», enseña Aristóteles.[1] De modo preliminar parece oportuna alguna reflexión sobre la naturaleza y la vocación de la Nota del Pontificio Consejo Justicia y Paz sobre la reforma del sistema monetario y financiero global.2]
Cuando se buscó elegir el género de pronunciamiento sobre una temática importante y crucial para el desarrollo integral de los pueblos, con los Órganos competentes de la Santa Sede se acordó no proceder por la vía de la elaboración de una Nota asumida formalmente por ella, al contrario de lo acaecido algún año antes con la Nota sobre la Conferencia de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Doha,[3] también elaborada por los expertos del Pontificio Consejo Justicia y Paz. La razón que se aportó se basaba en el hecho de que la Santa Sede no habría participado, por obvias razones, en el G20 de Cannes, desarrollado como es sabido del 3 al 4 de noviembre de 2011.
La Nota, por tanto, debía permanecer en el ámbito de simples reflexiones redactadas por el Pontificio Consejo, bajo su responsabilidad y de acuerdo a la competencia que caracteriza a un Dicasterio, el cual, entre sus finalidades, tiene como objetivos difundir, profundizar y contribuir a la experimentación de la Doctrina social de la Iglesia.
De acuerdo a la opinión de algunos comentaristas ello habría limitado la relevancia del pronunciamiento, cuasi como si se tratara de una expresión marginal de la Santa Sede.
Ciertamente, se ha de decir que no se trata de un texto bajo la firma del Sumo Pontífice, como lo puede ser una encíclica o el ya tradicional Mensaje para la Jornada Mundial de la paz, y mucho menos, como se ha ya dicho, de un texto-documento oficial de la Santa Sede. Se trata precisamente de una Nota de un Dicasterio de la Santa Sede, la cual si bien no formalmente subscrita por otros Órganos – es fruto del iterpropio de los documentos de los Dicasterios de la Curia Romana, que prevé una consulta preventiva y constante y el nihil obstat de los órganos competentes de la Santa Sede. Lo cual garantiza la especificidad de los roles y, al mismo tiempo, la homogeneidad del pensamiento.
Considerado esto, no es inútil anotar, también, que un texto, para ser correctamente evaluado en su autoridad, debería ser leído teniendo presente el rol institucional del sujeto que lo emana. Más aún, un texto ha de ser, sobre todo, evaluado por sus contenidos, por su coherencia con el Magisterio de la Iglesia, por su racionabilidad y consistencia respecto de la materia tratada. Es sobre este plano que se ha colocado el Pontificio Consejo, elaborando una reflexión coherente con su competencia, moral y religiosa, y fiel a la Doctrina social de la Iglesia y al magisterio de Benedicto XVI.
2. Las razones del pronunciamiento y la continuidad con la encíclica «Caritas in veritate»
La intención que se tenía al elaborar una Nota que debía ser breve y centrada sobre un solo problema importante, es muy sencilla:[4] ofrecer una serie de reflexiones ponderadas, elaboradas con la contribución de expertos internacionales de reconocida competencia, dirigidas a desarrollar el análisis, el juicio y la proyectualidad ya trazados en la Caritas in veritate (=CIV),[5] a propósito de la crisis de los sistemas monetarios y financieros en el contexto de la globalización.
A ello el Pontificio Consejo ha sido urgido, más que por un empeño institucional, por la permanencia de la crisis económica y financiera, y también por la declaración de intenciones subscrita por los líderes del G20, celebrado el 2009, donde se afirma que: «the economic crisis demonstrates the importance of ushering in a new era of sustainable global economic activity grounded in responsibility».[6]Es con tal prospectiva que se ha querido, por tanto, recoger la llamada de Benedicto XVI, a la actual crisis:
«nos obliga a revisar nuestro camino, a darnos nuevas reglas y a encontrar nuevas formas de compromiso, a apoyarnos en las experiencias positivas y a rechazar las negativas. De este modo, la crisis se convierte en ocasión de discernir y proyectar de un modo nuevo. Conviene afrontar las dificultades del presente en esta clave, de manera confiada más que resignada» (CIV n. 21).
Además, se ha querido profundizar en la temática que el papa propone tanto en el n. 57 (sobre la necesidad de una Autoridad que gobierne la globalización de acuerdo al principio de subsidiariedad y poliárquicamente), como en el n. 67 (que aquí se trata y que algunos desatienden porque expresaría contenidos en contraste con el precedente párrafo):
«Ante el imparable aumento de la interdependencia mundial, y también en presencia de una recesión de alcance global, se siente la urgencia de la reforma tanto de la Organización de las Naciones Unidas como de la arquitectura económica y financiera internacional, para que se dé una concreción real al concepto de familia de naciones. Y se siente la urgencia de encontrar formas innovadoras para poner en práctica el principio de la responsabilidad de proteger y dar también una voz eficaz en las decisiones comunes a las naciones más pobres. Esto parece necesario precisamente con vistas a un ordenamiento político, jurídico y económico que incremente y oriente la colaboración internacional hacia el desarrollo solidario de todos los pueblos. Para gobernar la economía mundial, para sanear las economías afectadas por la crisis, para prevenir su empeoramiento y mayores desequilibrios consiguientes, para lograr un oportuno desarme integral, la seguridad alimenticia y la paz, para garantizar la salvaguardia del ambiente y regular los flujos migratorios, urge la presencia de una verdadera Autoridad política mundial, como fue ya esbozada por mi Predecesor, el Beato Juan XXIII. Esta Autoridad deberá estar regulada por el derecho, atenerse de manera concreta a los principios de subsidiaridad y de solidaridad, estar ordenada a la realización del bien común, comprometerse en la realización de un auténtico desarrollo humano integral inspirado en los valores de la caridad en la verdad. Dicha Autoridad, además, deberá estar reconocida por todos, gozar de poder efectivo para garantizar a cada uno la seguridad, el cumplimiento de la justicia y el respeto de los derechos. Obviamente, debe tener la facultad de hacer respetar sus propias decisiones a las diversas partes, así como las medidas de coordinación adoptadas en los diferentes foros internacionales. En efecto, cuando esto falta, el derecho internacional, no obstante los grandes progresos alcanzados en los diversos campos, correría el riesgo de estar condicionado por los equilibrios de poder entre los más fuertes. El desarrollo integral de los pueblos y la colaboración internacional exigen el establecimiento de un grado superior de ordenamiento internacional de tipo subsidiario para el gobierno de la globalización, que se lleve a cabo finalmente un orden social conforme al orden moral, así como esa relación entre esfera moral y social, entre política y mundo económico y civil, ya previsto en el Estatuto de las Naciones Unidas».
Permítase la observación, para quien desea profundizar el sentido de las afirmaciones de la Doctrina social de la Iglesia, que, en cuanto concierne al concepto de autoridad política, no se puede extrapolar una sola afirmación o un solo párrafo de las encíclicas del corpus del magisterio social. En nuestro caso el n. 57 de la CIV, que algunos periodistas y comentadores han enfatizado, ha de ser leído e interpretado en conexión con el n. 67 de la misma encíclica. Y no sólo eso. Han de ser, además, vinculados a la Mater et magistra y a la Pacem in terris, a las que la CIV se reenlaza, como es sugerido por el fragmento arriba indicado, para relanzar la prospectiva de una Autoridad política mundial.
3. La constitución de una Autoridad política mundial, el ángulo del enfoque, las razones del bien común y de la justicia social.
En la CIV, cuyo tema central está dedicado al desarrollo integral en el contexto de la globalización, se encuentra enunciada una serie de razones de tipo moral más que «tecnocrático», que postulan finalmente la constitución de una Autoridad política mundial. Como resulta del número 67 transcrito anteriormente, dicha autoridad ha de entenderse en el sentido ya indicado por Juan XXIII en la Pacem in terris. Valdría decir, no como una simple governance, a modo de una autorregulación del sector monetario y financiero o de una regulación fruto de la colaboración espontánea entre los principales Estados, cual algunos improvisados exegetas del Magisterio social, han querido hacernos creer. Y ni siquiera en el sentido de un superpoder tecnocrático y monocrático, sino de una fuerza moral, de un principio unitivo y coordinativo superior, poseedor de la facultad de ejercitar la autoridad de acuerdo a la razón y de obligar en virtud de un orden moral y jurídico, al cual hay que procurar adecuarse cada vez más, a fin de traducirlo mediante decisiones concretas, indispensables y alcanzar el bien común. Este es el sentido de la expresión «Autoridad política mundial» a la cual se apela en la CIV.
Pero será bueno retornar a la serie de razones enumeradas por la CIV para justificar la constitución de una semejante “Autoridad”. Releyendo toda la encíclica, el elenco del numero 67 podría alargarse con referencia a la alta tasa de desempleo, a la prioridad del trabajo para todos, a los objetivos de la superación de la pobreza y del hambre, a la urgencia de una green economy y de la universalización de una welfare society. Es un reconocimiento de los contenidos actuales y de las correspondientes exigencias morales del bien común mundial de la familia de los pueblos de la tierra. Son precisamente dichas exigencias, cuya obligatoriedad ha crecido por el contexto de la globalización, las que piden postular la elevación de las Instituciones políticas y económicas de tal forma que se superen los nacionalismos y sean verdaderamente supranacionales.
Dicho con otras palabras, es cada vez más evidente la emergencia de bienes colectivos mundiales que aporten contenidos nuevos al bien común de toda la humanidad, y que las soberanías nacionales por sí mismas no están en grado de garantizar ni de promover ni siquiera a través de sus acuerdos puntuales; todo ello postula una Autoridad proporcionada, y por tanto, dotada de nuevos órganos, estructurados y con capacidad de acción para aplicar a la realidad dichos bienes colectivos y al bien común mundial. De acuerdo con semejante prospectiva, que se arraiga en exigencias morales objetivas bien evidenciadas en la Nota, «autoridad» y «soberanía» mundial no son entidades absolutas, aisladas del bien humano universal. Su nuevo perfil, ha de delinearse no simplemente como una obra de ingeniería institucional y burocrática, sino ante todo sobre la base de la obligatoriedad de tales exigencias morales, concernientes a sujetos libres y responsables, sean personas o pueblos, esencialmente propios de su realización humana, caracterizada por la trascendencia horizontal y vertical. Hay, por tanto, en la Notauna estrecha, conexión entre la propuesta de una Autoridad política mundial y el bien común, considerado obviamente como el conjunto de aquellas condiciones sociales que permiten a las personas individuales, a las familias y a los pueblos su plenitud humana.
Aquí, hablando de las condiciones sociales, es obligado subrayar que, entre las razones de la constitución de una Autoridad política mundial, están en modo particular aquellas – por otra parte bien expresadas en CIV – que contribuyen a la realización de una justicia social global.
La cuestión de la justicia social, además de los diversos problemas vinculados a los bienes públicos de aire, agua, y de la paz, se ocupa también de los otros bienes públicos constituidos por los sistemas económicos, monetarios y financieros.[7] Se presentan, por ejemplo, cuestiones de justicia, propuestas por la liberalización de los mercados, por la deslocalización de las empresas, por la liberalización del movimiento de los capitales, que con las nuevas tecnologías telemáticas pueden ser transferidos inmediatamente de una parte a otra del globo, escapando al control de las autoridades nacionales. Existen problemas como las crisis financieras periódicas y globales que crean gravísimos daños para la economía real; por el crecimiento con efectos devastadores para los más débiles. Debe considerarse de forma particular que la justicia social ha de ser afrontada y resuelta tanto al interior de los específicos sectores económicos como en el plano global, con respuestas proporcionadas a su extensión, respecto al rédito mundial de los pueblos hoy unidos en una única comunidad.
La actividad financiera es actividad humana, y posee una función social indispensable también sobre el plano mundial. Por tanto, no puede ser dejada a si misma sin ninguna intervención disciplinante y orientadora a nivel nacional y mundial, dado que, como reconocen los mismos estudiosos del sector, la autorregulación no siempre funciona.[8] Es necesario, pues, una seria reflexión – como sucedió en su tiempo con la Quadragesimo anno con ocasión del derrumbe de la bolsa de New York en 1929 – sobre la real unidad de la economía mundial y sobre la globalización de la economía social. A este propósito, no hemos de cansarnos de preguntar: ¿Por qué razón, aún hablando continuamente de economía globalizada, no se profundiza en el tema de la unidad de la economía mundial, evidenciando sus implicaciones en el plano de la justicia social? Lo exige una mayor interdependencia presente en las políticas, en los factores productivos, en los sectores económicos, en el uso de los recursos, en los salarios mismos; pues la conveniencia a invertir capitales donde el costo de la mano de obra es muy bajo, genera, a escala mundial, una indebida competencia salarial y comercial. Y además, ¿cómo es que no se advierte la urgencia de realizar la justicia social en las transacciones financieras y comerciales, en el plano del destino universal de los bienes materiales, técnicos y cualitativos, y de las oportunidades sociales y culturales?
Evidentemente, si se admite la unidad de la economía y de las finanzas, y su función o utilidad social también frente a las recurrentes crisis determinadas por la especulación y por la absolutización de la ganancia, es necesario ser consecuentes: urge una nueva arquitectura institucional y jurídica llevada a cabo con métodos democráticos, es decir participativos y subsidiarios, que busque la realización de la justicia social relativa al bien común mundial en sus aspectos distributivos y contributivos. Es indispensable una Autoridad política mundial que realice la justicia social global pues las autoridades o soberanías nacionales están de hecho erosionadas y desproporcionadas.
La realización de la justicia social a nivel mundial es premisa y condición para un desarrollo cualitativo y sostenible para todos, conforme a los fines de una estable paz social, hoy muy comprometida por notables desigualdades entre ricos y pobres.
Estos factores, en opinión de algunos notables economistas entre los cuales Joseph Stiglitz y Jean-Paul Fitoussi, estarían al origen de la actual recesión.
4. Las bases morales de la soberanía y de la autoridad mundial son el fundamento de su concepción poliárquica y democrática.
La tensión hacia el bien humano integral, inherente a la conciencia de todos los pueblos y que desemboca en la exigencia de la realización de un bien común mundial, exige entre otras cosas que se rechace la omnicomprensividad de lo económico y financiero, como se ha mostrado en la última crisis, y que se les reconduzca a su justa «medida» antropológica, ética y social, en el plano nacional y mundial; que se reconozca a la política su alta y noble tarea de coordinación, de dirección, de incitación e incluso de coerción, si es el caso. Que la política misma, concebida como arte del buen vivir o de la vida social buena, de acuerdo a las exigencias del bien común mundial, esté subordinada al primado ontológico y teleológico de las personas y de los pueblos. Es el primado de la interioridad, el primado de su unión moral sobre las instituciones y sobre las reglas de procedimiento, también imprescindibles. Y, además, es la ocasión para renunciar a una concepción ideológica de la soberanía, que alimenta aislamientos y nacionalismos arcaicos. La soberanía no puede concentrarse en un único punto, generando una especie de Superestado, de Leviatán tecnocrático, de peligrosa concentración de poder monocrático. Y es la ocasión, ante todo, de considerar su realidad funcional o ministerial, indispensable para la realización del bien común universal tanto a nivel local como mundial, y por tanto de modelar subsidiariamente, de forma flexible y reticularmente, y de acuerdo a términos de autonomía y de libertad responsable en un contexto de solidaridad.
Respecto a la actual situación, la soberanía, por tanto, ha de ser «redistribuida» entre Estados nacionales y entidades políticas regionales o mundiales, de acuerdo a las necesidades históricas, obviamente con validación democrática. Ello implica que las Naciones, en vista del bien humano universal, consideren la necesidad de renunciar libremente al ejercicio de algunas prerrogativas para transferirlas a una soberanía superior más proporcionada. Esto obliga a concebir las soberanías nacionales no en términos radicales de autonomía y de independencia, sino de comunicación y de reciprocidad, como realidades interdependientes, basadas en una referencia de fondo. Ellas, en efecto, muestran en su misma esencia relacional un principio de autotrascendencia tendente hacia una soberanía superior, que las completa sin negarlas, las presupone y las potencia de acuerdo al principio de la subsidiariedad; circunscribiéndolas y consintiéndoles actuar coralmente en el nivel transnacional y al interior de una comunión de principios coordinativos y potestativos.
Para la Pacem in terris y para la CIV no se trata simplemente de una Autoridad mundial y de su articulación institucional. Pues antes de proceder a la constitución de una Autoridad mundial es preceptivo la constitución de una sociedad política mundial, es decir la unificación de los diversos pueblos en una conciencia común; lo que presupone la asunción de responsabilidades, la voluntad de colaborar mediante instituciones y reglas de procedimiento compartidas en la realización del bien común mundial. En otros términos, el proceso de constitución de una Autoridad política mundial no puede prescindir de un movimiento democrático de participación de la base. La constitución de una Autoridad mundial está vinculada a una democracia universal: democracia sustancial, participativa, solidaria, abierta a la trascendencia.
La Nota concentra su atención sobre la crisis de los sistemas monetarios y financieros internacionales, para los cuales la CIV solicita la reforma de su actual arquitectura, en conexión con la reforma de la Organización de las Naciones Unidas. La encíclica insiste sobre el hecho de que los sistemas monetarios y financieros deben ser orientados hacia el bien común de la familia de las Naciones no solo de parte de los sujetos monetarios y financieros, primeros responsables de sí mismos, sino también de parte de los otros sujetos sociales, además de una Autoridad política mundial como responsable ultima, si bien no única, del bien común del cual se ha tratado.
Una autoridad política con responsabilidad universal, como se ha visto ya, muestra que una de sus razones es precisamente la existencia y el funcionamiento adecuado de los mercados monetarios y financieros, y que de acuerdo a la Nota, ha de considerarse como «bien público». Es precisamente el «bien» constituido por sistemas monetarios nacionales e internacionales – hoy de hecho más interconectados e interdependientes por la globalización – lo que exige la constitución no solo de una Autoridad monetaria y financiera internacional, sino también de una Autoridad política mundial, a la medida de las exigencias de los «bienes públicos» de dimensión supranacional. Los sistemas monetarios y financieros con buen funcionamiento son bienes que deben hacerse accesibles para todos, de acuerdo al principio del destino universal de los bienes.
5. Dificultades hermenéuticas en la recepción
La propuesta de la Nota acerca de la constitución de una Autoridad política mundial a algunos les ha parecido «utópica» o no plausible al menos por el momento, porque es considerada demasiado difícil de realizar, dada la actual fragmentación del tejido internacional. A otros les ha parecido incomprensible, más aún negativa para la democracia, incluso antitética a ella. Estos últimos, en efecto, manifiestan que el concepto de Autoridad propuesto por la Nota no se pueda conciliar con la actual idea de democracia. Quien invoca la constitución de una Autoridad política mundial, se dice, no querría la democracia. La existencia de un principio unitivo y coordinador, poseedor de la facultad de mandar de acuerdo a la razón y de sancionar de acuerdo al derecho, chocaría con la esencia misma de los gobiernos democráticos, gobiernos que deciden las propias leyes en base al principio de mayoría y del consenso social, prescindiendo de su arraigo en el orden moral como realidad metaconsensual.
Se trata, pues, de dificultades reales de comprensión de los contenidos de la Nota, que han surgido también durante la conferencia de prensa en la cual ha sido presentada, demostrando la necesidad cada vez más imperiosa de tener que cuidar las comunicación de los contenidos de la Doctrina social de la Iglesia. Viéndolo bien, las dificultades subsisten para gran parte de nuestros contemporáneos pues además de haber perdido el concepto tradicional de bien común, han perdido también la noción clásica de autoridad, entendida como facultad de mandar de acuerdo a la razón, es decir como fuerza moral – y, por tanto, ni arbitraria ni irracional – al servicio del crecimiento en la libertad y en la responsabilidad de los ciudadanos y de los pueblos, a la medida de esa dignidad humana que les caracteriza en cuanto personas dotadas de la capacidad de buscar libre y responsablemente el bien propio y de los demás.
En síntesis, nuestros contemporáneos, se refieren sobre todo en un concepto de autoridad que coincide de hecho con el concepto de poder derivado de la doctrina política moderna (cf. J. Bodin, Th. Hobbes, pero también J. J. Rousseau, si bien en manera diversa, partiendo de la prospectiva de una democracia regida por la voluntad general), que ha contribuido a hipostatizar los conceptos de autoridad y de soberanía haciéndolos independientes del orden moral. La autoridad y la soberanía, según esto, no tienen la obligación de dar cuenta a nadie sino sólo a sí mismas. No reconocen ningún ordenamiento superior. Cada uno de los Estados viene a situarse por encima de la comunidad de las Naciones y de la ley moral.
Es evidente entonces que, si se reenlaza a un concepto de autoridad que se identifica con un poder arbitrario, centralizador, absorbente de toda autonomía, no es posible comprender el sentido de la propuesta de una Autoridad mundial sin caer en equívocos. Con este propósito, urge entonces la recuperación de un concepto más adecuado de autoridad en sentido personalista y comunitario; que reafirme los múltiples vínculos con el orden moral, evidencie la valencia de ministerialidad y subraye la interconexión con el pluralismo social e institucional: la autoridad es para estar al servicio de las libertades y de las autonomías, para ayudarlas a crecer, no para abatirlas o comprimirlas. Con ello reencontrará su medida ética también el elemento metodológico de la democracia, dado por el principio o criterio de la mayoría. Solo así la autoridad no correrá el riesgo de quedad a merced del capricho de minorías o de mayorías totalitarias. La racionalidad y la conformidad al orden moral son esenciales para la autoridad política.
En definitiva, la Doctrina social de la Iglesia, cuando propone una autoridad política mundial no pretende impulsar la idea de un centro de superpoder invencible, semejante a un Moloch que domina sobre todos, o que es expresión de intereses parciales, sin dejar libertad alguna y subyugando a todos los sujetos sociales, no reconociendo sus derechos de iniciativa, reduciéndolos a simples líneas de transmisión de una voluntad superior y tiránica, como sucedía en los Estados absolutos.
La propuesta de la Doctrina social va en dirección a la realización de una comunidad y de una Autoridad política mundial, instituidas de común acuerdo y no impuestas por la fuerza; fundadas sobre principios democráticos; estructuradas y operantes en modo subsidiario. En otras palabras, sus instituciones deberían ser modeladas y activadas sobre la base de la representación y de la representatividad, de la división de poderes, de un ordenamiento jurídico en el cual se establecen las relaciones entre personas-ciudadanos, sociedades religiosas, familias, cuerpos intermedios y los poderes públicos de las respectivas comunidades políticas; entre los poderes públicos de cada comunidad, entre los poderes de cada comunidad política y los poderes públicos de la comunidad mundial, entre los poderes públicos de la comunidad mundial y la sociedad civil, organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales. Forma parte, por tanto, del funcionamiento democrático de un gobierno también la metodología del criterio de la mayoría. Es preferente que los criterios y métodos democráticos sean influenciados por los contenidos morales del bien común mundial y de la conexa justicia social.
Los poderes públicos de la comunidad mundial no tendrán, por tanto, la finalidad de limitar la esfera de acción de las comunidades políticas singulares y mucho menos de sustituir en ellas a sus poderes públicos; tendrán en cambio como fin el contribuir a la creación, sobre el plano mundial, a un «ambiente» en el cual los poderes públicos de cada comunidad política, los respectivos ciudadanos, las familias y los cuerpos intermedios, las sociedades religiosas puedan desarrollar sus tareas, cumplir sus deberes, ejercitar sus derechos con mayor seguridad. En definitiva, la autoridad política mundial, en manera análoga a aquella nacional, será autoridad limitada, o más aún, informada por un ordenamiento jurídico, el cual viene expresado normalmente en una carta constitucional o en un Estatuto, como por otra parte está previsto en los Estados liberales de derecho; participada a través de diversas instituciones representativas que hacen operativo el principio de la autonomía social y política de los diversos sujetos sociales; descentralizada, porque está articulada sobre diversos planos y porque está «relacionada» con una pluralidad de sujetos sociales (pluralismo social e institucional: Estados, Pueblos, Organizaciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, sociedades civiles y actores no estatales, como por ejemplo las comunidades religiosas).
6. La resemantización de la economía y de las finanzas gracias a la recuperación de una razón integral y del telos humano
La Nota invita a al resemantización de la economía y, en particular, de las finanzas. No se trata solo de evidenciar su intrínseca y autónoma eticidad: una eticidad peculiar, que implica la marca de la gratuidad y del don, y que las identifica en su esencia. Se trata, sobre todo, de verlas y de acogerlas en el contexto de las otras actividades del ser humano y, en consecuencia, en relación con la política, con la cultura, con la religión.
La identidad de la economía y de las finanzas no puede ser definida adecuadamente separándolas de las personas concretas e históricas, de la multiplicidad de sus fines. En efecto, la economía y las finanzas no existen en sí mismas, en abstracto, separadas de los sujetos que las hacen existir, al exterior de los contextos sociales, políticos, nacionales y supranacionales. La crisis de las finanzas ha surgido y perdurado, porque la correspondiente actividad humana ha sido vivida en una cuadro cultural mutilado, fragmentado, que registra desarticulaciones entre los bienes y valores; más aún, en un contexto donde a causa del escepticismo gnoseológico y del relativismo ético absoluto no hay actualmente una escala jerárquica y viene a faltar una racionalidad capaz de coordinar y armonizar los diversos fines humanos sin un télos que los ordene en relación a la verdad y al bien perfectos, es decir a Dios. Es así como persisten el politeísmo de los valores y actitudes que absolutizan la ganancia, la instrumentalización de la política de parte de las finanzas, provocando la destructuracion del bien común y de la conexa justicia social.
La economía y las finanzas sin la referencia al télos humano no reconocen la existencia del bien común, es decir de aquel conjunto de condiciones sociales que facilitan la realización de la plenitud humana. Se hacen refractarias en relación a él, así como también respecto de un concepto de justicia social que posee como fundamento la aspiración al bien propio y de los demás, antes que aspirar al consenso social.
Para salir de la actual crisis financiera y económica, de la especulación sin límites que daña la economía real y hace fracasar los sistemas mismos monetarios y financieros, erosionando así los sistemas de seguridad social, y al mismo tiempo para los fines de una resemantización de la economía es necesario la recuperación de una razón integral, premisa de una ética amiga de la persona, de su bien global, abierto a la trascendencia. Sin Dios, buscado y deseado como Sumo Bien, fácilmente viene a menos aquel punto de referencia que supone la justa colocación de las finanzas entre los bienes que deben ser alcanzados de acuerdo a un orden jerárquico.
7. La propuesta de una Autoridad política mundial debe realizarse con pasos graduales
Por cuanto concierne al aspecto proyectual, es decir la indicación de vías de solución, la Nota del Pontificio Consejo, de acuerdo al magisterio social de los pontífices, sugiere que la globalización sea gobernada mediante la constitución de una Autoridad pública con competencia universal, noconstituyendo otro polo alternativo a la actual ONU sino a partir de la reforma de esta. Una prospectiva que, en el camino abierto por la Pacem in terris de Juan XXIII, es de nuevo propuesta con determinación y claridad por Benedicto XVI en el n. 67 de la CIV. Las reflexiones del Pontificio Consejo procuran desarrollarla, deseando así trazar, a grandes rasgos, sugerencias para la reforma de las actuales Instituciones internacionales, a fin de que alcancen mayor autoridad moral y sean más democráticas. Estas han de ser expresiones de un acuerdo libre y compartido entre los pueblos, más representativas, más participativas, más legitimadas, más inclusivas, en cuanto sea posible, de todas las sociedades políticas y civiles. Deben ser super partes, al servicio del bien de todos, en vistas a ofrecer una guía eficaz y, al mismo tiempo, permitir a cada País expresar y perseguir el propio bien de acuerdo al principio de subsidiariedad, en el contexto del bien común mundial. Solo así las instituciones internacionales lograrán favorecer la existencia de sistemas monetarios y financieros eficientes y eficaces, es decir, mercados libres y estables, disciplinados por un adecuado cuadro jurídico, funcionales al desarrollo sostenible y al progreso social, inspirados en los valores de la caridad en la verdad.
La autoridad mundial no deberá anular o explotar los Gobiernos nacionales o regionales. Ella deberá tener la facultad de orientar, de decidir, de sancionar sobre la base del derecho, como un servicio a los diversos Países miembros, a fin de que crezcan y posean mercados no hiperprotegidos por políticas nacionales paternalistas; no debilitados por déficit sistemáticos de las finanzas públicas y de los Productos nacionales, que de hecho les impiden operar en el contexto mundial como instituciones abiertas y competitivas.[9]
El breve texto del Pontificio Consejo muestra, quizá su mayor originalidad, en el momento que busca delinear algunas etapas y característicasdel camino a recorrer hacia la constitución de una Autoridad pública con competencia universal, especialmente con referencia al ámbito económico y financiero.
Por ello, en primer lugar, propone un proceso de reforma, «teniendo como punto de referencia la Organización de las Naciones Unidas, en razón de la amplitud mundial de sus responsabilidades, de su capacidad de reunir las Naciones de la tierra, y de la diversidad de sus propias tareas y de sus Agencias especializadas».[10]
En segundo lugar, invoca un neto salto de calidad en las instituciones existentes. Es necesario innovar respecto de la actual ONU, de las instituciones de Bretton Woods,[11] del G8 o del G20, y aun de cualquiera otro más. Es necesario, en particular, el decidido paso de un sistema de governance, de simple coordinación entre Estados sin una Autoridad superior, a un sistema que, además de la coordinación horizontal, disponga de una Autoridad super partes, con potestad de decidir con método democrático, y de sancionar en conformidad al derecho. Tal paso hacia un Gobierno mundial no puede acaecer – explica el Pontificio Consejo – si no es dando expresión política a las preexistentes interdependencias y cooperaciones y, por tanto, sin abandonar la práctica del multilateralismo tanto a nivel diplomático como en el ámbito de los planes para el desarrollo sostenible y para la paz.[12]
De acuerdo a las reflexiones del Pontificio Consejo, el alargamiento del actual G7 en el G20, configurado también de acuerdo a otras modalidades en las orientaciones a dar a la economía y a las finanzas globales, debe involucrar en mayor medida la responsabilidad de los Países con mayor numero de población, en vías de desarrollo y emergentes, si bien representa un paso adelante no coincidente aún con el objetivo deseado. Se trata de una solución aun insatisfactoria e inadecuada. En efecto, no obstante los apreciables cambios en la composición y en el funcionamiento claramente reconocidos por la Nota,[13] el G20 no responde plenamente a la lógica de representación democrática de los pueblos y de los Estados miembros, la cual debe ser, cada vez más, también procurada por las Naciones Unidas. Los Estados que componen el G20 no pueden considerarse representativos de todos los pueblos. Si bien alargado, el G20, que como es bien sabido no forma parte de la ONU, es un fórum informal y limitado, que entre otras cosas evidencia su pérdida de eficacia cuanto más se amplía.
En el actual estado de cosas, el G20 carece de una legitimación y de un mandato político de parte de la Comunidad internacional. A ello se debe agregar que, si la situación debiera continuar, el G20 corre el riesgo de deslegitimar o de sustituir de hecho a las Instituciones internacionales -como el Fondo Monetario Internacional, la Banca Mundial. las cuales, si bien necesitan de profundas reformas, representan en modo institucional a todos los Países y no solamente a un restringido número de ellos.
Lo que, por tanto, deberá realizarse lo antes posible, de acuerdo también a los acuerdos de los líderes del G20 en la Declaración final de Pittsburgh de 2009, es disponer de un pensamiento político más adecuado para poder realizar la reforma de la «arquitectura global» y hacer frente a las impostergables exigencias del bien común del siglo XXI. Y esto a través de «vías creativas y realistas, tendentes a valorar los aspectos positivos de las instituciones y de los fórum ya existentes»,[14] mejorándolos, en orden a la asunción de estructuras y modalidades típicas de una competencia universal, de acuerdo a los principios de la solidaridad y de la subsidiaridad, además de la representatividad. Considérese que respecto a los problemas de naturaleza económica y social, que están en el cometido del Pontificio Consejo, y el mismo Consejo económico y social (ECOSOC), si bien tiene una actividad de coordinación - bajo la égida de la Asamblea General de las Naciones Unidas - no poseen autoridad ni funciones de gobierno.
Ciertamente tales prospectivas requieren prudencia y gradualidad. Al mismo tiempo, es necesario no renunciar a la decisión que comporta la persecución de los objetivos, de cuya realización depende la del bien común mundial. Entre estos indicamos: a) promover, en el contexto de las Instituciones internacionales existentes – en particular de las Naciones Unidas – en coherencia también con sus Estatutos, la conjunción entre la esfera política y las esferas económica y civil en las relaciones mundiales; b) reformar las actuales Instituciones internacionales,[15] como por ejemplo el ya mencionado Consejo económico y social,[16] para dar vida a un efectivo control monetario global, poniendo en discusión los sistemas de cambio existentes e involucrando en dicho proceso, en definir sus etapas, también a los países emergentes y en vías de desarrollo; buscando, además, las posibilidades que permitan establecer un organismo que desarrolle las funciones de un tipo de «Banca central mundial», para regular el flujo y el sistema de los intercambios monetarios, a la manera de los Bancos centrales nacionales, redescubriendo la lógica de fondo - la lógica de la paz, de coordinación y de prosperidad común – que condujo a los Acuerdos de Bretton Woods;[17] c) en el plano regional, es necesario promover un proceso análogo, valorando el rol de las instituciones existentes. A nivel europeo, por ejemplo, podría constituir una referencia el Banco Central Europeo, haciendo corresponder instituciones políticas proporcionales, en vista a una mayor unidad y eficacia en las decisiones. Todo ello consta en la Nota, en orden a la realización de las condiciones financieras y monetarias útiles al crecimiento global de todos los pueblos, y sobre todo a la recuperación del primado de la política sobre la economía y sobre las finanzas. Así se puede leer en las breves reflexiones siguientes:
«Es necesario recuperar la primacía de lo espiritual y de la ética y, con ello, la primacía de la política – responsable del bien común – sobre la economía y las finanzas. Es necesario volver a llevar estas últimas a los adecuados confines de su real vocación y de su función, incluida la social, por sus evidentes responsabilidades hacia la sociedad, para dar vida a mercados e instituciones financieras que estén efectivamente al servicio de la persona; es decir, que sean capaces de responder a las exigencias del bien común y de la fraternidad universal, trascendiendo toda forma de monótono economicismo y de mercantilismo performativo».[18]
Coherente con el empeño de la política de orientar los sistemas financieros y monetarios a la realización del bien común, vienen sugeridas por el Pontificio Consejo a modo de ejemplo: a) medidas de imposición fiscal leves y ecuánimes para las transacciones financieras; b) formas de recapitalización de los bancos esbleciendo condiciones; c) distinción entre actividad de crédito ordinario y de Investment Banking, pues éstas últimas se efectúan sin límites y sin controles.
Respecto al punto b, precisamente hace poco tiempo la Unión Europea ha expresado su parecer positivo.
He aquí, brevemente, algunos trazos de la proyectualidad que debería ser asumida por aquellos más directamente responsables del bien común en plano nacional y supranacional, y también por aquellos que, especialmente en las Universidades y en los Institutos culturales, están llamados a formar las clases dirigentes del mañana.
8. Conclusión
La Nota aludida, que conduce hacia la reforma del sistema financiero y monetario internacional en la prospectiva de la constitución de una Autoridad pública con competencia universal, por cuanto se ha dicho hasta aquí, no quiere proponer un superpoder monocrático, ni mucho menos condena los aspectos positivos del pensamiento liberal desde el momento que reconoce la libertad de los mercados y su valor de bienes «públicos». La Nota, a diferencia de cuanto han insinuado algunos comentaristas, ¡afronta posiciones bien diversas respecto del marxismo colectivista!- y que son necesarias para la realización del bien común mundial. No busca reforzar el burocratismo ni la gestión instrumental en manos de pocos, como frecuentemente persisten en las actuales Instituciones internacionales, y desafortunadamente, desarrollan una función de «socavar» el ideal de la constitución de una Autoridad pública con competencia universal. El hecho de que las Instituciones supranacionales registren semejantes defectos no debe desanimar ni hacer desistir en el propósito de trabajar en orden a su reforma en un sentido más democrático sobre el plano de la gestión. Así, no debe frenar un semejante proceso el hecho de que en diversas áreas, como por ejemplo en aquella asiática, se descubran notables dificultades culturales, así como también intereses nacionales contrapuestos, que consienten sólo blandas formas de integración entre los Estados en el plano económico, de verdad insuficientes para soportar una sólida cooperación en el plano político. Es necesario, por tanto, que los responsables políticos y las diversas Instituciones culturales y religiosas se movilicen en mayor medida, concurriendo a formar una nueva visión de las cosas, una nueva mentalidad y una nueva conciencia entre los pueblos de la tierra, invirtiendo sobre todo en la toma de conciencia de la existencia de un bien común mundial y de la fraternidad que une a todos en una única familia.
La propuesta del gobierno de la globalización a través de una Autoridad pública con competencia universal, democrática y legitimada por todos los pueblos, se arraiga especialmente en las exigencias del bien común mundial y por la correlativa justicia social.
Cuanto viene sugerido por la Nota sobre el nivel de las articulaciones de las estructuras, de las Instituciones y de las reglas está motivado principalmente en el plano de las razones morales, más que en el plano de las oportunidades historias ofrecidas por la globalización. El aspecto técnico y los perfiles más prácticos son apenas señalados, en la conciencia de que su configuración es obra que concierne a los expertos de Instituciones internacionales y depende en último termino de la voluntad de los pueblos así como de la discusión pública.
La Nota no hace una «futurología» imaginando como pueda ser el resultado final. Simplemente vuelve a referir las razones que demandan la reforma urgente de la arquitectura institucional supranacional, por otro lado ya auspiciada por el G20 en Pittsburgh. Se trata de redimensionar el Leviatán económico, que de hecho existe ya como un superpoder organizado en el plano supranacional, y que frecuentemente tiraniza las naciones.
En sustancia, la Nota saca a la luz el hecho de que, si se desconocen las exigencias éticas del bien común mundial – que debe estar particularmente atento a las condiciones de los más desheredados - , como también a las de la justicia social global y a las del principio del destino universal de los bienes, difícilmente se pueden comprender las motivaciones para la constitución de una Autoridad política mundial, en el sentido propuesto por la Doctrina social de la Iglesia.
+ Mario Toso SDB
Secretario del Pontificio Consejo “Justitia et Pax”
[2] Cf. Pontificio Consejo «Justicia y Paz», Por una reforma del sistema financiero y monetario internacional en la prospectiva de una Autoridad pública con competencia universal, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 2011
[3] Cf. Pontificio Consejo «Justicia y Paz, Un nuevo pacto financiero internacional 18 de noviembre de 2008. Nota sobre las finanzas y el desarrollo en vista de la Conferencia promovida por la Asamblea General de las Naciones Unidas en Doha, Tipografía Vaticana, Ciudad del Vaticano 2009. Ya desde antes, el Pontificio Consejo se había interesado, publicando los siguientes textos, por las recurrentes crisis financieras y sobre la necesidad de nuevas instituciones: ANTOINE DE SALINS-FRANÇOIS VILLEROY DE GALHAU, El moderno desarrollo de la actividades financieras a la luz de las exigencias éticas del cristianismo, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 1994; Social and Ethical Aspects of Economics, Actas del I Seminario di economistas organizado el 5 de noviembre de 1990 en las sede del Pontificio Consejo Justicia y Paz, Vatican Press, Vatican City 1992; World Development and Economic Institutions, Actas del II Seminario di economistas organizado el 4 de enero de 1993, Vatican Press, Vatican City 1994. La realización de ambos Seminarios ha sido posible gracias a la colaboración de los profesores Ignazio Musu y Stefano Zamagni, expertos del Pontificio Consejo.
[4] La Nota no pretendía hacer una recensión de todas las causas, sino sobre todo analizar aquellas de tipo antropológico y ético, con especial atención por aquellas de tipo ideológico en la línea trazada por la CIV.
[6] Leaders’ Statement, The Pittsburgh Summit, September 24-25, 2009; Annex, 1: «Las crisis económica demuestra la importancia de dar inicio a una era de la economía global fundada sobre la responsabilidad».
[7] Cf. Pontificio Consejo «Justicia y Paz», Por una reforma del sistema financiero y monetario internacional en la prospectiva de una Autoridad pública con competencia universal, Librería Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 2011, pp. 29.
[8] Cf por ejemplo T. Padoa-Schioppa, Regole e finanza. Contemperare libertà e rischi, Il Mulino, Bologna 2011, pp. 97-118.
[11] El Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, si bien inicialmente han sabido responder al escenario sucesivo a la Segunda Guerra Mundial, parece que han perdido progresivamente el mandato y la vocación universal implícitos en los Acuerdos de Bretton Woods de los cuales eran el fruto. En definitiva, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial no han sido capaces de garantizar el objetivo de la estabilidad monetario y financiera, ni tampoco un desarrollo económico adecuado, en modo de vencer o al menos de redimensionar significativamente las situaciones de pobreza y de desigualdad. Más aún, frecuentemente las han agravado, contribuyendo entre otras cosas a reducir notablemente la propia credibilidad internacional.
[15] Las Naciones Unidas en varias ocasiones se han declarado dispuestas a una reforma de grandes dimensiones, comenzando por la del Consejo de seguridad. Y, más aún, es claro que no existe de hecho un consenso mundial a este respecto. Es necesario, además, advertir que, de frente a los problemas globales de enorme relevancia, no existe aún una Agencia de las Naciones Unidas. Piénsese por ejemplo al problema ambiental para el cual, a nivel de las Naciones Unidas, está previsto solamente un programa especifico, el UNEP. Así, si se considera el problema del comercio internacional para el cual si disponemos de un fórum especifico, la WTO, que sin embargo no es una Agencia de las Naciones Unidas, con lo cual establece solamente una relación de colaboración. Considérese además las cuestiones del desarme y del control de los armamentos así como a los graves problemas de la Conferencia sobre el desarme. También esta última es un fórum externo a las Naciones Unidas. O consideremos, por último, la promoción y protección de los derechos fundamentales del ser humano, y a las dificultades que experimenta el Consejo de los derechos del hombre.
[16] En referencia a la superación de la actual desproporción de las Instituciones internacionales, aquí vale la pena señalar, además de los diversos apelos que han sugerido la evolución del ECOSOC, también, la propuesta formulada por la Comisión internacional de expertos nominada en el 2009 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y presidida por el premio Nobel de economía Joseph Stiglitz, respecto de la reforma del sistema monetario y financiero internacional. Se trata de una propuesta de debería ir más allá del G20, en cuanto requiere dar vida a una nueva institución representativa global , que en el informe de la Comisión Stiglitz, es llamada «Consejo para la Coordinación Económica Global». Esta institución debería no solamente coordinar las Agencias especializadas y los programas de las Naciones Unidas, sino también desarrollar una tarea de coordinación en cuanto a las estrategias de las instituciones financieras internacionales (FMI y Banco Mundial) y de la WTO, Instituciones que deberían estar adecuadamente representadas en el Consejo.
[17] En la prospectiva de reformas creativas y realistas, sugerida por las reflexiones del Pontificio Consejo, las Instituciones existentes, (FMI y Banco Mundial), poseedores de una vocación de gobierno, no deberían ser eliminadas. Deberían ser profundamente reformadas, de acuerdo a una prospectiva que asegure el primado de la política y de la autoridad pública sobre la economía, y sobre los sujetos privados. Más en particular será una reforma que les aumente la legitimidad, restringiendo, por ejemplo, el poder de veto de las grandes potencias y reconociendo a todos los Países. y no solo a los Estados Unidos y a Europa. el derecho de elegir a los principales dirigentes del FMI y del Banco Mundial. Será necesario además en estas Instituciones asegurar una representación más apropiada de las Organizaciones monetarias regionales que, en cuanto tales, se han multiplicado en el curso de los últimos años.